Por qué no es un nuevo impuesto y su impacto práctico
La decisión de ARBA de implementar retenciones en las operaciones de billeteras virtuales ha causado un revuelo entre usuarios, comerciantes y contribuyentes. En un momento en que la presión fiscal ya se siente fuerte, no es de extrañar la incertidumbre que esto genera. Pero desde la agencia recaudadora aclararon que no se trata de un impuesto nuevo. Es más bien una modalidad de percepción anticipada de Ingresos Brutos, buscando así nivelar el terreno con lo que ya se hace en bancos y tarjetas de crédito.
Las billeteras digitales, como Mercado Pago, Ualá o Naranja X, son cada vez más populares, y en el pasado, muchas de sus transacciones quedaban fuera del alcance del control fiscal. Desde ARBA sostienen que esta medida es solo una forma de poner en igualdad de condiciones a todos los métodos de pago.
Retenciones en las billeteras virtuales: SIRCUPA y SIRTAC
El sistema que comenzará a aplicarse se llama SIRCUPA, que significa Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago. Este sistema tiene como antecedente al SIRTAC, que funciona de manera similar, pero para tarjetas de débito y crédito. Ambos sistemas son administrados por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, que se encarga de coordinar la recaudación entre las distintas provincias.
SIRCUPA comenzó a implementarse en 2021 y ya está activo en 20 jurisdicciones. Su funcionamiento es bastante sencillo: cuando un comercio recibe acreditaciones a través de su billetera virtual, el proveedor de servicios de pago informa al sistema y se aplica la retención correspondiente.
Imaginate un kiosco que factura $100.000 en un mes mediante pagos con QR. La billetera virtual comunicará esas operaciones, y si la alícuota definida por la provincia es del 1,5%, intentará descontar $1.500. Así, el comerciante termina recibiendo $98.500, y esos $1.500 quedarán como un pago anticipado de Ingresos Brutos.
¿De cuánto será en la práctica la retención?
Las alícuotas no son fijas; cada provincia define sus propios porcentajes y condiciones. Generalmente, estos valores oscilan entre el 0,5% y el 2,5%, dependiendo de la actividad y de la jurisdicción del contribuyente. Hay mínimos establecidos para que las operaciones pequeñas no se vean demasiado afectadas. La intención es evitar que estas retenciones se conviertan en una carga adicional para quienes cumplen con sus obligaciones fiscales.
A pesar de que estos descuentos pueden generar malestar entre comerciantes y usuarios, los especialistas subrayan que no se trata de un nuevo gasto, sino de un adelanto de lo que ya estaba previsto en el régimen de Ingresos Brutos. De esta manera, se busca además devolver liquidez a pymes y profesionales, que son una parte vital de nuestra economía.